Qué impuestos se pagan al traer un producto de Estados Unidos
Esta es la parte que más dudas genera y donde más se equivoca la gente al calcular si le conviene traer algo. Va explicado sin jerga, con las normas citadas para que puedas verificarlo.
La regla corta
Un envío que llega de Estados Unidos, para uso personal, cuyo valor no supere USD 200.00, entra sin pagar arancel ni IVA. Si pasa de ese valor, paga 10 % de arancel y 19 % de IVA.
La exención viene del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y está desarrollada en el Decreto 1090 de 2020; la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes está en el Decreto 1165 de 2019, artículos 254 y siguientes. El IVA para envíos que cumplen esas condiciones se excluye por el artículo 428, literal j, del Estatuto Tributario.
Sobre qué valor se calculan los impuestos
No sobre el precio del producto solo. La base es el valor CIF: producto + seguro + flete internacional. Por eso un artículo barato pero voluminoso puede terminar pagando más impuesto del que uno esperaría: el flete entra en la base.
Los tres límites que hay que respetar
| Límite | Valor | Por qué existe |
|---|---|---|
| Valor del envío | USD 2,000.00 | Por encima de eso el envío sale de la modalidad simplificada y necesita una importación ordinaria, con agente de aduanas y otros tiempos. |
| Peso | 50 kg | Es el tope de la modalidad para envíos urgentes. |
| Unidades iguales | 6 por pedido | Más de eso deja de parecer uso personal y la autoridad puede tratarlo como mercancía comercial. |
Dos ejemplos para que se entienda
Unos tenis de USD 120
Producto USD 120 + flete y seguro. Como el total queda por debajo del umbral, no paga arancel ni IVA. Lo que ves en la cotización es producto, transporte y servicio: los tributos aparecen en cero, y así se ve en el desglose.
Unos audífonos de USD 298
Aquí el valor sí supera el umbral. Sobre la base CIF se calcula 10 % de arancel y, sobre ese resultado, 19 % de IVA. Los dos aparecen como líneas separadas en la cotización: no van escondidos dentro de otro cobro.
Qué pasa si la aduana no está de acuerdo
La autoridad aduanera puede valorar un envío distinto a lo declarado. Cuando eso ocurre, el reajuste aparece en tu pantalla de seguimiento con el monto y el motivo. No es un cobro que te cae sin avisar al momento de la entrega.
Lo que no se puede traer por esta modalidad
Armas y sus partes, medicamentos de control, productos perecederos, animales vivos, dinero y, en general, lo que la regulación colombiana restrinja. Algunos productos —suplementos, cosméticos, dispositivos médicos— pueden requerir registro o autorización sanitaria del INVIMA, y en esos casos te lo decimos antes de comprar, no después.
Preguntas frecuentes sobre impuestos de importación
¿Cuánto puedo comprar sin pagar impuestos en Colombia?
Un envío desde Estados Unidos para uso personal por un valor de hasta USD 200.00 entra sin arancel ni IVA por la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes. El límite se mide por envío, no por mes.
¿Sobre qué valor cobra impuestos la DIAN?
Sobre el valor CIF: el precio del producto más el seguro más el flete internacional. No sobre el precio del producto solo, que es el error más común al hacer cuentas.
¿Cuánto se paga si el producto supera el tope?
Se paga 10 % de arancel sobre el CIF y 19 % de IVA sobre el CIF más el arancel. En la cotización los dos van como líneas separadas y ya están incluidos en el total.
¿Me pueden cobrar algo extra al recibir el paquete?
No. El total de la cotización es lo que se paga. Si la aduana reajusta el valor de un envío, el ajuste aparece en la pantalla de seguimiento con su motivo, no como un cobro sorpresa en la puerta.
Esto es información general, no asesoría tributaria ni aduanera. Las normas cambian y cada caso puede tener particularidades. Los valores de esta página son los que la plataforma tiene configurados hoy; si necesitas certeza para una operación grande, consulta a un agente de aduanas.
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